Se modifica la Ley Nº 30341, Ley que Fomenta la Liquidez e Integración del Mercado de Valores
Con fecha 24 de octubre de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto de Urgencia N° 005-2019, mediante el cual se modifica la Ley Nº 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del Mercado de Valores, con el objeto de prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022 la exoneración del impuesto a la renta de las rentas provenientes de la enajenación de determinados valores y de modificar lo referente a la determinación de los valores con presencia bursátil.
De esta manera, se señala que, para determinar si los valores tienen presencia bursátil, se tendrá en cuenta lo siguiente:
i) Dentro de los 180 días hábiles anteriores a la enajenación, se determinará el número de días en los que el monto negociado diario haya superado el límite que se establezca en el reglamento. Dicho límite no podrá ser menor a 6 UIT y será establecido considerando el volumen de transacciones que se realicen en los mecanismos centralizados de negociación. Anteriormente, dicho límite era de 4 UIT.
ii) El número de días determinado de acuerdo a lo señalado en el acápite anterior se dividirá entre 180 y se multiplicará por 100.
iii) El resultado no podrá ser menor al límite establecido por el reglamento. Dicho límite no podrá exceder de 45%. Anteriormente, dicho límite antes era del 35%.
Finalmente, se establece que en un plazo no mayor a 60 días calendario, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Decreto Supremo debe adecuar las normas reglamentarias de la Ley N° 30341.
Vigencia
El Decreto de Urgencia entrará en vigor el 1 de enero de 2020.
Para mayor información y/o ampliación al presente informativo, no dude en contactarse con:
Dra. Fiorella Demarini
Dr. Eduardo Bedoya
Dra. Leyla Gurreonero