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Decreto Legislativo N° 1471

Decreto Legislativo que modifica la Ley del Impuesto a la Renta y otras disposiciones.

Con fecha 29 de abril de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo N° 1471 mediante el cual se establecen reglas excepcionales para la determinación de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría correspondiente a los meses de abril a julio del ejercicio 2020.

Al respecto, el presente decreto, establece que los contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría que, les corresponda efectuar pagos a cuenta por los meses de abril a julio del ejercicio 2020, pueden modificar o suspender sus pagos a cuenta por los referidos meses. Para ello, deben comparar los ingresos netos obtenidos en cada mes con aquellos obtenidos en el mismo mes del ejercicio gravable 2019 siguiendo las pautas del siguiente cuadro:

Asimismo, el presente decreto suspende temporalmente la aplicación del cuarto párrafo del artículo 85° de la Ley del Impuesto a la Renta concerniente al requisito de no tener deuda pendiente por pagos a cuenta de Enero a Abril, según corresponda.

Vigencia

El presente decreto entra en vigencia el 30 de abril de 2020.

Para mayor información y/o ampliación al presente informativo, no dude en contactarse con:

Dr. Walther Belaunde walther.belaunde@damma.com.pe
Dra. Leyla Gurreonero leyla.gurreonero@damma.com.pe

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