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¿Prácticas preprofesionales? Consecuencias del COVID-19

Por Joaquín Guzmán – Practicante

Cuando hablamos de modalidades formativas a muchos se nos viene a la mente las prácticas preprofesionales, las cuales realizan los jóvenes estudiantes en un centro de trabajo con el fin de poder explotar sus habilidades y aprender de la mano de un profesional (jefe de práctica), para su futura inserción en el mercado laboral. Si bien existen diversos tipos de modalidades formativas en nuestra legislación, como las pasantías o prácticas profesionales, consideramos que la modalidad de prácticas preprofesionales es la más utilizada y la más importante para poder crear un profesional capaz y competente, en un mundo donde el mercado laboral se vuelve más competitivo día a día. En el año 2018, aproximadamente se registraron 25,000 convenios de prácticas preprofesionales en todo el Perú.

Lamentablemente, nuestro país y el mundo entero viene siendo afectado de forma inimaginable por el COVID-19, paralizando en gran medida la vida de la nación. En este este contexto, en el presente artículo analizaremos las consecuencias de este nuevo virus en torno a los estudiantes y la realización de las prácticas preprofesionales.

Desde que se decretó el Estado de Emergencia Nacional en nuestro país, se han emitido distintos dispositivos normativos con el objetivo de contener los efectos fatales del COVID-19. Dentro de estos dispositivos, nos encontramos con el Decreto de Urgencia N° 26-2020 y luego con el Decreto Supremo N° 10-2020-TR, los cuales crean y disponen medidas para la aplicación del trabajo remoto, facultando a las empresas del sector privado poder aplicar esta figura a las personas bajo modalidades formativas.

En un primer momento el trabajo remoto resulta una opción factible para la continuación de las prácticas preprofesionales de un estudiante, pero esta situación no deja de ser excepcional. Si nos remitimos a la Ley N° 28518, que regula las modalidades formativas laborales, la práctica preprofesional se define como “la modalidad que permite a la persona en formación durante su condición de estudiante aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de trabajo.”. En ese sentido, como la norma nos menciona, el estudiante que realiza una práctica preprofesional busca poder desarrollarse en una situación real de trabajo, por lo que resulta primordial que el estudiante pueda desarrollar sus prácticas presencialmente en el centro laboral y no mediante el trabajo remoto.

Entendemos la gravedad de la situación que estamos viviendo y que el distanciamiento social es necesario para poder evitar la propagación del virus. Sin embargo, el practicante al no poder estar presencialmente en el centro de trabajo se verá dificultado para poder lograr la finalidad completa de una práctica preprofesional. Cuando hablamos de la finalidad de las prácticas preprofesionales, nos referimos a que el estudiante pueda desarrollar y aplicar sus habilidades en un ámbito profesional, complementando su formación académica como alumno. No negamos que los practicantes preprofesionales a los cuales se les ha aplicado el trabajo remoto no puedan cumplir sus objetivos en torno a las prácticas, pero las habilidades blandas o el trabajo en equipo son aptitudes que muy difícilmente se podrán desarrollar practicando desde casa en una computadora. La presencia del practicante en el centro laboral también significa el poder aprender de la mano de un profesional, el cual te pueda supervisar permanentemente y al cual se puede acudir en caso de duda o problemas, lo que se dificulta en una práctica a distancia con el uso puramente de herramientas tecnológicas. Los practicantes están aprendiendo sobre la base de una nueva modalidad de trabajo, el trabajo remoto, que nos brinda un aspecto limitado o parcial de lo que deberían ser nuestras prácticas preprofesionales.

En esa línea de ideas, tenemos la posición que las habilidades blandas son tan importantes como las habilidades teóricas o técnicas propias de una carrera profesional. Estas habilidades formarán a un profesional con una combinación de habilidades sociales de todo tipo que permitirán un desenvolvimiento en un ámbito laboral altamente competitivo, donde muchas veces una persona depende de este factor diferenciador para acceder a un puesto de trabajo de alto nivel.

Por otro lado, existen actividades de diferente índole, las cuales no podrán ser llevadas a cabo por el practicante si no se encuentra en el centro laboral. Entre estas actividades podemos mencionar el caso de un practicante de derecho, el cual no podría acudir a audiencias judiciales o a reuniones con clientes acompañando a su jefe de prácticas; o tener participación de las reuniones de confraternidad de la organización o Estudio jurídico. Actividades que resultan imposibles de realizar en el contexto actual. Esto nos lleva a una situación complicada, donde los estudiantes, al no poder desarrollar todas las actividades programadas para las prácticas, derivará luego en una formación incompleta. Es lógico que nos ponemos en una situación extrema, pero estamos ante un futuro incierto donde la posibilidad de que el distanciamiento social prime, no se aleja de la realidad.

La estabilidad de los practicantes preprofesionales u otras modalidades formativas es otro punto para considerar en este análisis, debido a que estas personas no tienen estabilidad, lo que significa que una vez terminado el convenio el centro laboral podrá no prorrogarla. La crisis económica a causa del COVID-19 ha ocasionado que muchas empresas paralicen sus actividades en gran medida, lo que traerá como consecuencia la no renovación del convenio de prácticas u otras modalidades, de miles de personas. La no prorroga de los convenios de prácticas es usual en un contexto normal, donde el estudiante al culminar sus prácticas en una empresa puede buscar otro centro laboral donde continuar desarrollando sus habilidades. No obstante, al estar en crisis, los estudiantes estarán casi imposibilitados de recurrir a otra empresa que esté buscando practicantes. También nos ponemos en la situación de muchos practicantes, que aun con convenios vigentes, no siguen practicando debido a la incompatibilidad de sus actividades con el trabajo remoto, ocasionando un retraso en su progreso para convertirse en un profesional.

En este estadio de nuestro análisis, nos preguntamos qué ocurrirá con los estudiantes que aún no han comenzado a practicar y ya están en capacidad para hacerlo. La gran mayoría de universidades en nuestro país, exigen a los estudiantes realizar prácticas preprofesionales como requisito para poder culminar la carrera. En ese sentido, existen miles de estudiantes que tenían planeado realizar prácticas en el presente año, lo que resulta extremadamente difícil en estos tiempos. Como mencionamos muchas empresas están en crisis económica, lo que consecuentemente producirá una baja en las ofertas de prácticas y un alza en la demanda de los estudiantes para conseguir una. Esto es una problemática que es difícil de dilucidar, por el futuro tan incierto que nos depara. Mientras muchas universidades siguen en funcionamiento con la implementación de clases virtuales para la continuación de la enseñanza, más estudiantes estarán hábiles y dispuestos para querer desarrollar sus habilidades en una situación real de trabajo.

Una gran parte de nuestros lectores dirán que se podrán ofertar prácticas preprofesionales mediante el teletrabajo, pero como mencionamos líneas arriba el trabajo remoto o en este caso el teletrabajo no llega a satisfacer todas las finalidades que se buscan en una práctica, y ni que decir de las carreras que necesitan la presencia física del estudiante en el centro laboral, como por ejemplo un estudiante de odontología. Pero poniéndonos en el mejor de los casos y una o muchas empresas desean implementar el teletrabajo para las prácticas preprofesionales ¿podrían? Nuestra respuesta es que como lo plantea la legislación sobre el teletrabajo, no se podría. En primer lugar, debemos entender que el teletrabajo y el trabajo remoto son dos figuras distintas. Como se explicó el trabajo remoto es una figura implementada por nuestro gobierno en el contexto del COVID-19, la cual es excepcional y temporal. Por otro lado, el teletrabajo tiene su propia ley, la Ley N° 30036, y su reglamento, el cual está regulado como una modalidad especial de trabajo subordinado. Si nos remitimos a la Ley de Modalidades Formativas Laborales y su reglamento, no podremos encontrar disposición alguna sobre la posibilidad de aplicar el teletrabajo. Asimismo, ese cuerpo normativo dispone que “las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la especifica que la presente contiene.”. Como pudimos observar, el teletrabajo es una modalidad especial de trabajo y al no existir un vínculo laboral entre el practicante y la empresa, el empleador no estaría facultado por ley para aplicarlo a futuros practicantes. Sin embargo, la Ley de Modalidades Formativas Laborales, no prohíbe la aplicación de “teleprácticas”, por decirlo de algún modo, por lo que cabría la posibilidad de implementar una figura parecida al teletrabajo a las modalidades formativas.

Somos de la opinión que el teletrabajo se convertirá muy probablemente en el futuro del funcionamiento de muchas empresas del sector privado, para evitar un nuevo brote del virus cuando la situación se haya estabilizado. Ante esta situación tan especial, es necesario una nueva mirada a las prácticas preprofesionales de todas las carreras y plantear la posibilidad de adecuarlas a un sistema parecido al teletrabajo o trabajo remoto. Como explicamos, existen prácticas preprofesionales las cuales son incompatibles con el trabajo remoto o con alguna otra forma parecida de trabajo a distancia, por lo que no queda otra opción que esperar a que se reanuden las actividades de esos rubros. Pero concentrándonos en las carreras donde sí se pudiera implementar las prácticas a distancia, reflexionamos sobre la idea de un cambio de paradigma sobre lo que conocemos como el trabajo presencial o convencional. Hemos hablado sobre la finalidad y los objetivos que se busca al realizar las prácticas preprofesionales, en el sentido que la no presencia del practicante en el centro laboral supondrá la falta de desarrollo de algunas habilidades y actividades necesarias para su formación. Por estas razones, es necesario que no solamente se busque la forma de implementar las prácticas a distancias, sino también se busque un rediseño de como enfocar las prácticas en un ambiente virtual.

El cambio es necesario. La vida como la conocemos difícilmente volverá a ser la misma. Adaptarnos a esta nueva coyuntura mundial dependerá del apoyo de todos, por lo que un nuevo enfoque a las prácticas preprofesionales y en general a todas las modalidades formativas, será un reto que las empresas y el Estado deberán llevar a cabo para convertir a miles de estudiantes en profesionales capaces, sin dejar de lado las tan importantes habilidades blandas que un profesional de máximo nivel necesita para lograr metas altas.

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23 comentarios en “¿Prácticas preprofesionales? Consecuencias del COVID-19”

  1. Mi convenio de prácticas estaba desde el 06 de Febrero del 2020 hasta el 06 de Febrero del 2021 y obviamente son prácticas pagadas, el día de ayer recibí la llamada de mi jefe en donde me indicó que por la situación que nos encontramos ya no continuaría con las prácticas y que solo me las validaran hasta fines de este mes , debo reclamar algún derecho por que mi convenio de prácticas no termina aún por favor tu ayuda .

    1. Las prácticas preprofesionales o profesionales pueden ser concluidas unilateralmente por la empresa en cualquier momento. En ese sentido, los practicantes no tienen estabilidad laboral.

      1. Hola, si las prácticas pueden ser suspendidas unilateralmente, donde queda el art 42 inciso 1 «De las obligaciones de la empresa» cumplir los planes y programas que rijan(.. )

      2. Hola, si las prácticas pueden ser concluidas unilateralmente, donde queda el art 42 inciso 1 «De las obligaciones de la empresa» cumplir los planes y programas que rijan(.. )

  2. Disculpe yo estoy trabajando hace una semana por vía remota y por modalidad ad honorem lo que solo me beneficia aprendizaje y una constancia de trabajo cuando termine de trabajar que son tres meses.Pero la empresa no me mencionó ningún convenió debería pedir?¿una enpresa que ofrece trabajo ad honorem igual debe dar convenio?

    1. Si estas trabajando en una empresa por modalidad ad honorem, lo minimo que puede hacer la empresa por ti es que te den un convenio de practicas, que estoy muy seguro que te la deberian facilitar. En otro caso, solo estas perdiendo tiempo con el cuento de la empresa de que «estas ganando experiencia». Puede que estes aprendiendo pero es vital que te den un convenio.

      1. DELIA CAROLINA GARCIA DE LA FLOR

        HOLA. EN MI CASO TAMBIEN ESTOY HACIENDO MIS PRACTICAS AD HONOREM PERO SI ME VAN A DAR MI CONVENIO, PERO QUIERO SABER SI EN LA PARTE DEL CONVENIO DONDE DICE Subvención Económica TENGO Q COLOCAR AD HONOREM ?

    2. En primer lugar debes tener en cuenta que no existe las prácticas ad-honorem, pues en en la ley de Modalidades formativas se indica expresamente que toda práctica debe ser remunerada y como mínimo te deben de pagar la remuneración mínima vital (RMV), además al tratarse de prácticas pre-profesionales, se debe de realizar un convenio por escrito donde deben firmar tres partes, por un lado debe firmar tu centro de formación (Universidad), luego debe firmar la empresa donde se hará las prácticas y por último debes firmar tú como practicante.
      Si la empresa no cumple con ello, puedes realizar una denuncia ante SUNAFIL, ahora se puede hacer hasta por internet entrando a su página web oficial.

      1. Hola Astrid, estudio psicología 3er ciclo , quiero hacer mis prácticas pero veo que la mayoría de empresas contratan AD -HONOREM. Osea que puedo denunciar a cualquiera de estas por tener esa modalidad?

  3. Brayan Trujillo Aguero

    Buenas tardes, mi convenio de practicas era hasta el 14 de junio, me venían pagando la remuneración de manera oportuna, ahora que terminó mi convenio me llamaron a decir que tengo que devolver las remuneraciones pagadas durante la cuarentena, es eso justo?.

    1. No hay manera de que yo les hubiese devuelto la remuneracion, buscaba otras practicas y punto. Encima les ponia una demanda.

  4. Las prácticas son indispensables para Bachillerato,en estos momentos no hay muchas vacantes.Cuál sería el plan a seguir?

  5. MARCELO ALBERTH SANCHEZ DE LA CRUZ

    En mi universidad, en la carrera de Administración me están impidiendo realizar mis practicas pre profesionales, ¿hay alguna manera en la cual pueda exigir que se abra el curso?

  6. hola que tal , una consulta , en mi caso yo inicio mis practicas pre en febrero de 2020 y acababa en junio de 2020 mis practicas preprofesioanles , pero por esta situación , ya no estoy laborando desde el día que se inicio cuarentena y ya paso el mes , estarían elllos entregandome certificado de practicas solo los dias laborados o segun el convenio que decia hasta junio? es una entidad publica

  7. Maria Taboada

    Buenos días, quería consultar si existe la figura legalmente hablando, de que un practicante realice sus prácticas preprofesionales ad-honorem. Finalizado el período de prácticas, tendría o podría solicitar mi certificado de prácticas que me comentan que sí me darán pero por el complicado momento que atraviesan muchas empresas no podrán pagarme.

  8. hola soy egresado 2019 pero mi instituto me dio mi diploma recién en enero 2020, luego vino la pandemia y por ende el estado de emergencia , la verdad todo se paralizo , a despues de la midad del año empezaron algunas convocatorias solicitando unicamente egresados a partir de julio del 2020 ,lamentablemente los egresados 2019 para hacer practicas en el 2020 ,no lo pudimos hacer por el motivo que todos sabemos , pero habra alguna manera de solicitar practicas adhiriendose a alguna norma ya que es motivo de justicia que la pandemia nos a afectado a todos , y es por eso que no pudimos hacer practicas en los primeros meses del año .

    1. Justamente estoy pasando por ese mismo problema. Estudié Ciencia Política y egresé en diciembre de 2019. Soñaba con hacer prácticas profesionales en 2020. Y efectivamente: todo se paralizó con la pandemia. La principal complicación ahora está en la norma que regula las prácticas profesionales en el sector público; allí se señala que éstas sólo se realizan dentro de los doce meses posteriores a la fecha de egreso (repito: hablo del Estado). ¿Qué puedo hacer si mi campo laboral es precisamente está en este sector? ¿A quién acudo, a qué instancia me dirijo?

  9. En este caso como se procederia porque la pandemia paro todo.
    Cómo sería las prácticas pre-profesionales que se hubieran dado en el 2020- y por pandemia no se pudo los estudiantes saldrían sin prácticas pre-profesionales

    1. Cual seria la norma que se debería pedir al congreso para que los que estuvimos afectados por el tramite documentario no hayamos podido hacer practicas profesionales ?

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