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Decreto Supremo N° 064-2020-EF

Aprueban el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas

Con fecha 31 de marzo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 064-2020-EF que aprueba el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV. Ello, en atención al artículo 11° de la Ley N° 29173 –Ley que regula el Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV)–, el cual establece que no se efectuará la percepción, entre otras, de las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue crédito fiscal y que el cliente figure en dicho Listado.

Para acceder al Listado mencionado puede seguirse el siguiente link:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/574391/Anexo_DS064_2020EF.pdf

Vigencia

El presente decreto entra en vigencia el 1 de abril de 2020.

Para mayor información y/o ampliación al presente informativo, no dude en contactarse con:

Dr. Walther Belaunde walther.belaunde@damma.com.pe
Dra. Leyla Gurreonero leyla.gurreonero@damma.com.pe

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