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Ley que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el año 2020

El 1 de mayo de 2020 se publicó la Ley N° 31017, que tiene por objeto establecer medidas extraordinarias para aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional, contrarrestando lo efectos económicos negativos generados como consecuencia del COVID-19.

Retiro extraordinario. Se autoriza a los afiliados al SPP a retirar de forma voluntaria y extraordinaria hasta el 25% del total de los fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización.

Límites. Se establece como monto máximo de retiro el equivalente a 3 UIT (S/ 12,900) y como monto mínimo 1 UIT (S/ 4,300).

Forma de retiro. La entrega de los fondos se efectuará de la siguiente manera:

a) 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado.

b) 50% a los 30 días calendario del primer desembolso.

En el caso de que el afiliado tenga un fondo acumulado total en su cuenta de capitalización individual igual o menor a 1 UIT (S/ 4,300), el retiro será del 100% y en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario de presentada la solicitud.

La solicitud para el retiro extraordinario se presentará ante la AFP a la que pertenezca el afiliado de manera remota, virtual o presencial.

Plazo para retiro. Los afiliados que deseen acogerse al retiro extraordinario deben solicitarlo en un plazo máximo de 60 días calendario de publicado el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el cual será emitido en los próximo 15 días calendario.

Compatibilidad con retiros extraordinarios dispuestos por otras normas. Los afiliados al sistema privado de pensiones beneficiados por el Decreto de Urgencia 34-2020 podrán acogerse a la presente norma, descontando la suma recibida en mérito de él y manteniendo los límites previstos en esta ley.

La presente ley no deroga, suspende o sustituye otras normas vigentes que establecen medidas relacionas al retiro total o parcial de los fondos a cargo de las AFP.

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