Por Fabiana Alvarado – Asociada del Área Fin&Tech
En la actualidad, resulta casi natural realizar pagos sin contacto a través del celular, hacer yapeos/plineos diariamente y comprar en línea sin la necesidad de desplazarse. Todos estos actos que se han vuelto tan cotidianos y simples -de apariencia- dependen del sistema de pagos. Este “corazón invisible” de la economía moderna es lo que hace posible que el dinero fluya en tiempo real, y permita una conexión interoperable entre personas y empresas.
En el Perú, el Banco Central de la República (BCRP) es el órgano encargado de velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos, promoviendo su seguridad, eficiencia, interoperabilidad, transparencia, y competitividad, mientras fomenta la innovación tecnológica en el sector[1]. Un paso significativo en este esfuerzo se dio en septiembre pasado con la modificación de la Ley N° 29440, “Ley de los Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores”, después de casi 15 años.
Esta modificación cambió el enfoque de la regulación del BCRP, que anteriormente se había centrado en sistemas de pagos -como el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) y el administrado por la Cámara de Compensación Electrónica- hacia un enfoque regulatorio integral que comprende a: (i) los Sistemas y/o Acuerdos de Pago (administradores y participantes); (ii) las empresas de servicios de canje y compensación, (iii) los proveedores de servicios de pagos, (iv) los proveedores tecnológicos, (v) los servicios de pago e (vi) instrumentos de pago. (Para mayor entendimiento véase Gráfico 1)
Con esta modificación, la regulación no solo busca adaptarse a los avances tecnológicos que constantemente generan nuevos actores en el mercado, sino que también refuerza la capacidad supervisora del BCRP en aspectos críticos como el licenciamiento, el acceso y registro de participantes, y la regulación de tarifas y comisiones internas. Asimismo, amplía su potestad sancionadora, garantizando un marco sólido que fomente la confianza y eficiencia del sistema.
Si bien la modificación de la Ley de los Sistemas de Pagos ha representado un hito importante y aún genera grandes expectativas en el sector, resulta igualmente relevante destacar en este artículo la regulación emitida por el BCRP durante el 2024. Estas normas han sido clave para complementar el marco legislativo propuesto, abordando aspectos específicos que fortalecen el funcionamiento del sistema, promueven una mayor innovación y permiten una mayor competitividad. Entre ellas se encuentran los siguientes reglamentos:
- Reglamento de los niveles de calidad de los Servicios de Pago Interoperables provistos por los Proveedores, Acuerdos, Sistemas de Pagos y Proveedores Tecnológicos (Circular No. 009-2024-BCRP): Busca fortalecer la confianza y el funcionamiento de los servicios digitales de pagos mediante la implementación de estándares técnicos y operativos. Este reglamento define parámetros clave para asegurar la interoperabilidad, seguridad y eficiencia de las soluciones provistas por diferentes actores, como proveedores, acuerdos y sistemas de pagos y proveedores tecnológicos. Entre sus principales disposiciones se destacan los siguientes:
- Indicadores Clave de Desempeño (ICD): Obligación de establecer métricas específicas de disponibilidad, rendimiento y efectividad que deben cumplir los servicios de pago provistos.
- Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS): Obligación de determinar los estándares diferenciados según el tipo de participante, incluyendo gestores de directorio, procesadores de pago y entidades reguladas por la Ley de Bancos.
- Protocolos para interrupciones y mantenimientos: Incluyen las condiciones para la gestión de interrupciones de servicios y los requisitos específicos de reporte al BCRP para la realización de mantenimientos programados, correctivos y de emergencia.
- Reglamento de Pilotos de Innovación de Dinero Digital (Circular No. 011-2024-BCRP): Constituye una iniciativa estratégica diseñada para fomentar la inclusión de la población no bancarizada en la economía digital, este reglamento establece un marco controlado donde se pueden experimentar soluciones basadas en dinero digital respaldado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).
El reglamento faculta a las empresas del sector privado y entidades financieras a desarrollar y probar modelos de negocio con dinero digital en un entorno supervisado. Los pilotos incluyen el análisis de elementos críticos como la ciberseguridad, la sostenibilidad financiera de las propuestas, y la experiencia del usuario. Estas pruebas ofrecen una valiosa oportunidad para identificar desafíos regulatorios, evaluar el impacto del dinero digital en la economía y ajustar estrategias antes de una implementación a gran escala.
- Reglamento del servicio de compensación de Transferencias inmediatas (Circular No. 021-2024-BCRP) y Reglamento de las Empresas de Servicios de Canje y Compensación y de los Servicios de Canje y Compensación (Circular No. 022-2024-BCRP): Amplía el acceso a nuevos participantes al servicio de transferencias inmediatas de la Cámara Compensación Electrónica (CCE). Este servicio es lo que sostiene el sistema de pagos inmediatos interoperable a través de billeteras digitales.
Con anterioridad a la presente modificación, dicho acceso se encontraba limitado a los participantes directos como las empresas bancarias, las financieras, Coopac, empresas emisoras de dinero electrónico y otras entidades supervisadas por la SBS. Ello representaba una gran limitación a competidores como fintechs, bigtechs u otro tipo de empresas que buscaran ofrecer un servicio de pagos interoperable en el Perú, y por supuesto, concentraba la competencia a soluciones de pago propuestas por entidades supervisadas.
Como consecuencia, esta limitación de acceso se vería reducida al permitir que los participantes directos puedan dar el acceso indirecto a otros proveedores de servicios de pago – en calidad de participantes indirectos y en cumplimiento de los requisitos para el registro de estos ante la CCE y el BCRP.
Este cambio normativo ha brindado un gran foco a participantes directos como las empresas emisoras de dinero electrónico o entidades bancarias, abriendo nuevas posibilidades de colaboración con los proveedores de pago emergentes. Todo ello está generando una gran expectativa en el sector, dado que podría impulsar una transformación significativa en el ecosistema de pagos, promoviendo un mercado más dinámico y competitivo.
El 2024 nos deja un punto de transición importante para la regulación del sistema de pagos en el Perú. Con la reciente modificación de la Ley del Sistema de Pagos se ratifica el protagonismo de los pagos digitales en nuestra vida cotidiana y la necesidad de actualizar la regulación para que comprenda a todos los actores, sistemas y acuerdos de pago involucrados. Así como se refuerza el rol de supervisor del BCRP para preservar la estabilidad del sistema.
Por otro lado, la normativa específica emitida por el BCRP a lo largo del año evidencia una visión estratégica que busca la promoción y evolución del sistema basado en la libre competencia. Con miras al futuro, el marco normativo abre la puerta e incentiva a la aparición de nuevos actores, garantiza la interoperabilidad y fomenta la inclusión financiera e innovación tecnológica. Todos ellos, pilares fundamentales para un ecosistema de pagos robusto, confiable y dinámico.
Fuente: Elaboración propia en base a gráfico de Sistemas y Acuerdos de Pago propuesto por el BCRP en su página institucional.