Con fecha 13 de mayo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 082-2020/SUNAT mediante la cual se establecen las fechas máximas para la presentación de la Declaración Reporte Financiero – ECR correspondiente al ejercicio 2019, según el siguiente cronograma:
Es necesario tener en cuenta que la Declaración Reporte Financiero – ECR forma parte de una serie de medidas implementadas por la SUNAT para facilitar el intercambio automático de información, de acuerdo a lo acordado en diversos tratados internacionales y decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.
Asimismo, se modifica el inciso a) de la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 270-2019/SUNAT, estableciendo que la Declaración Reporte Financiero – ECR correspondiente a las cuentas preexistentes de alto valor de las personas naturales durante el año 2018, se presentará en las mismas fechas del cronograma de presentación de dicha declaración para el ejercicio 2019.
Vigencia
La presente resolución entra en el 14 de mayo de 2020.
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Dr. Walther Belaunde walther.belaunde@damma.com.pe
Dra. Leyla Gurreonero leyla.gurreonero@damma.com.pe