Dictan disposiciones para la presentación de la declaración y pago del impuesto al consumo de las bolsas de plástico que deben realizar los agentes de percepción.
1. Definiciones
Se detalló algunas definiciones, como agente de percepción, bancos habilitados, declaración y pago, importe a pagar, impuesto, ley, reglamento, RUC y sistema pago fácil.
2. Aprobación del Formulario N° 1670
Se aprueba el formulario virtual N° 1670–Impuesto al consumo de bolsas de plástico–Agente de percepción, el cual debe ser utilizado por el agente de percepción para la presentación de la declaración y pago del impuesto.
El referido formulario se encontrará disponible en SUNAT Virtual a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución.
3. Los sujetos obligados a presentar la Declaración
El agente de percepción del impuesto se encuentra obligado a presentar la declaración y pago del impuesto a través del formulario virtual N° 1670–Impuesto al consumo de bolsas de plástico–Agente de percepción.
4. La forma y condiciones para la declaración
4.1 El agente de percepción está obligado a declarar y pagar el monto total del impuesto percibido en el periodo, de acuerdo con el cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias mensuales. Para tal efecto, debe:
a. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea de acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias.
b. Ubicar el formulario virtual N° 1670–Impuesto al consumo de bolsas de plástico–Agente de percepción.
c. Consignar la información que corresponda siguiendo las indicaciones que se detallan en dicho formulario.
d. Cancelar el íntegro del importe a pagar mediante una única transacción bancaria a través de alguna de las siguientes modalidades:
i. Pago mediante débito en cuenta.
ii. Pago mediante tarjeta de crédito o débito.
iii. Pago en los bancos habilitados utilizando el NPS, para lo cual debe indicar en SUNAT Operaciones en Línea que realizará el pago mediante esta modalidad.
4.2 Si el agente de percepción hubiera declarado el impuesto percibido y no lo hubiera pagado, el pago del impuesto percibido se efectúa a través del Sistema Pago Fácil, mediante SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el NPS, los cuales generan el formulario N° 1662–boleta de pago, el formulario virtual N° 1662–boleta de pago o el formulario N° 1663–boleta de pago, respectivamente, con la siguiente información:
a. Número de RUC del agente de percepción.
b. Periodo tributario al que corresponde la declaración.
c. Código de tributo 7152–Impuesto al consumo de bolsas de plástico–Agente de percepción.
d. Importe a pagar.
5. Constancia de presentación
La constancia de presentación es el único comprobante de la operación efectuada por el agente de percepción, puede ser impresa, guardada y/o enviada al correo electrónico que señale el agente de percepción.
6. De las declaraciones sustitutorias o rectificatorias
El agente de percepción puede sustituir o rectificar la declaración del impuesto mediante el formulario virtual N° 1670–Impuesto al consumo de bolsas de plástico–Agente de percepción. Para tal efecto, debe ingresar nuevamente todos los datos de la declaración, inclusive aquella información que no desea sustituir o rectificar.
7. Del Registro de venta e ingresos y el registro de compras
El impuesto se debe anotar en el registro de ventas e ingresos y el registro de compras, en la columna “Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible” a que se refiere el literal k) del acápite I y el literal p) del acápite II del numeral 1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 29-94-EF y normas modificatorias, respectivamente.
Vigencia
La referida resolución entró en vigor el 1 de setiembre de 2019.