Aprueban el nuevo Sistema de Emisión Electrónica para Empresas Supervisadas (SEE – Empresas Supervisadas), Modifica la normativa sobre emisión electrónica y el Reglamento de Comprobantes de Pago
Con fecha 22 de octubre de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 206-2019/SUNAT, mediante la cual se aprueban las disposiciones correspondientes al Nuevo Sistema de Emisión Electrónica para Empresas Supervisadas (SEE – Empresas Supervisadas), perteneciente al Sistema de Emisión Electrónica. Se entenderá por Empresas Supervisadas a aquellas que prestan el suministro de servicios públicos de energía eléctrica, agua, telecomunicaciones, autorizadas por OSIPTEL.
En ese sentido, la presente norma regula el marco general para la emisión de los documentos autorizados electrónicos en el SEE y las normas específicas para la emisión en el SEE – Del contribuyente de los recibos por los servicios públicos de energía eléctrica, agua y telecomunicaciones, salvo cuando se trate del servicio telefónico, fijo o móvil.
De esta manera, la Resolución establece que, las Empresas Supervisadas deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos para poder iniciar la emisión mediante el SEE – Empresas Supervisadas:
- Tener registrada una dirección de correo electrónico.
- Indicar en SUNAT Operaciones en Línea que utilizará el SEE – Empresas Supervisadas.
- No tener la condición de no habido en el RUC, como tampoco la condición de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.
Asimismo, regula la creación de un nuevo comprobante de pago denominado “Recibo electrónico por servicios públicos (recibo electrónico SP)”, modificándose el Reglamento de Comprobantes de Pago con la finalidad de incorporar estos documentos como comprobantes de pago.
De otro lado, la resolución en el Anexo I designa a los nuevos emisores electrónicos del SEE:
Vigencia
Finalmente, contiene Anexos adicionales donde se establece la forma de emisión del Recibo electrónico de servicios públicos y notas de crédito y débito, así como de la comunicación de baja del recibo electrónico de servicios públicos y notas de crédito y débito, de los aspectos técnicos del SEE – Contribuyente, del OSE y de los códigos a señalar.
La Resolución de Superintendencia N° 206-2019/SUNAT entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2019.
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